Thursday, August 28, 2008

Caso P. Ariel Álvarez

Se nos pidió que entregáramos más antecedentes sobre la suspensión a la que ha sido sometido el P. Ariel Álvarez Valdés, para lo cual, entregamos la siguiente nota aparacida en el diario Panorama de Santiago del Estero.


El Obispado emitió un comunicado sobre la situación del Padre Ariel


La oficina de prensa del Obispado de Santiago del Estero emitió un comunicado donde fija su posición en torno a la suspensión del presbítero Ariel Álvarez Valdés para dictar clases, cursos y conferencias en público por distintos medios. Lea en esta nota el comunicado completo.


1. El Sr. Pbro. Dr. Ariel Alvarez Valdés no ha sido afectado por “condena” alguna.


2. No corresponde a la verdad que dicho sacerdote haya sido sancionado y suspendido en sus funciones académicas por una decisión que lleve la firma de S.E.R. el Sr. Cardenal Tarcisio Bertone, ex secretario de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, y actual Secretario de Estado de la Santa Sede.


3. En ejercicio de la responsabilidad propia de su oficio, el Obispo diocesano de Santiago del Estero y superior eclesiástico inmediato del mencionado sacerdote, emitió con fecha cuatro de agosto del corriente año un decreto que dice:


VISTOS

Los numerosos intercambios epistolares y efectuados en forma personal con el Sr. Pbro. Dr. Ariel Álvarez Valdés acerca del contenido de muchas de sus reflexiones y propuestas teológicas publicadas en diversos medios de la Argentina y de otros países.


CONSIDERANDO

1. Que algunas de sus afirmaciones causan perplejidad y llevan a pastores y fieles a preguntarse si dichas afirmaciones son compatibles con la enseñanza del Magisterio auténtico de la Iglesia.


2. Que el Sr. Pbro. Dr. Ariel Álvarez Valdés ha reconocido lo fundado de dichas reacciones provocadas por sus escritos y ha manifestado reiteradamente estar dispuesto a hacer las rectificaciones pertinentes en sus nuevas publicaciones.


3. Que el interesado también ha manifestado su disposición de hacer públicas las retractaciones correspondientes a las cuestiones teológicas que, en sus intervenciones, presentan ambigüedades o errores.


4. Que, sin embargo, el Sr. Pbro. Dr. Ariel Álvarez Valdés ha hecho notar que dichas retractaciones serían publicadas a condición de incluir una mención expresa a que se efectúan por pedido explícito de la autoridad eclesiástica.


5. Que de ser incluida en el texto dicha cláusula limitaría severamente la consistencia y la autenticidad de las retractaciones.



POR TANTO, en virtud de los establecido en los cánn. 772, 812, 823, 824 y la legislación complementaria de la Conferencia Episcopal Argentina,



POR LAS PRESENTES LETRAS

DECRETO


1. A partir del día 5 de agosto de 2008 y mientras no se disponga otra cosa, el Sr. Pbro. Dr. Ariel Álvarez Valdés carece de licencias para hacer nuevas publicaciones o disponer la reedición de publicaciones anteriores.


2. A partir del día 5 de agosto de 2008, el Sr. Pbro. Dr. Ariel Álvarez Valdés carece de misión canónica para la enseñanza de disciplinas teológicas en cualquier nivel de docencia, incluyendo cursos cortos, conferencias y toda otra actividad análoga.


3. A partir del día 5 de agosto de 2008, el Sr. Pbro. Dr. Ariel Álvarez Valdés carece de licencias para participar en la organización y uso de medios de comunicación social, incluyendo la internet, ya sea a través de escritos, grabaciones, filmaciones y cualquier otro tipo de soporte.


4. Exhorto al Sr. Pbro. Dr. Ariel Álvarez Valdés a que revise su actitud en espíritu de humildad, obediencia y comunión, para el bien de toda la Iglesia, y de un mayor y fructuoso servicio ministerial.


5. Notifíquese a quienes corresponda y, una vez cumplido, archívese.

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