Sunday, July 29, 2012

«Así funciona el Vaticano»



Entrevista con Francesco Clementi: «Para entender los escándalos hay que conocer los mecanismos internos»

GIACOMO GALEAZZICIUDAD DEL VATICANO
«Para entender los actuales escándalos, hay que comprender el funcionamiento del Vaticano». El constitucionalista Francesco Clementi, profesor de derecho público comparado en la Universidad de Perugia y una de las firmas de la revista italiana “Il Mulino”, ha dedicado muchos ensayos a la Santa Sede.

Profesor, a nivel constitucional, ¿el Vaticano es una monarquía absoluta?

Si consideramos la teoría sobre las formas de estado y de gobierno, y los criterios y las características que, con el paso del tiempo, la doctrina y el constitucionalismo han delineado, el Estado de la Ciudad del Vaticano entra claramente en el ámbito de las llamadas monarquías absolutas, es decir de las formas político-jurídicas que se caracterizan por una centralización incontestable, justamente, “absoluta” del poder, sin límites ni garantías preconstituidas. Técnicamente, no hay pesos y contrapesos que, jurídicamente, puedan vincular el poder y las acciones del Papa. El Papa es un monarca absoluto: libre de decidir, sin límites.


¿Cuánto cuenta el Secretario de Estado?

Los límites de la operatividad del Secretario de Estado vaticano están estrictamente definidos por el mandato que recibe del Papa y, obviamente, por su capacidad, dentro de este perímetro de acción, para llevar a cabo al máximo la voluntad del Papa. En este sentido es verdaderamente una relación de confianza de enorme responsabilidad, que se basa en la máxima atención, cuidado y defensa de las voluntades del Pontífice. En razón de ello, la discrecionalidad del Papa en la elección o destitución del Secretario de Estado es máxima; como su primer hombre de confianza y colaborador, el Papa tiene todo el derecho de destituirle cuando quiera, libremente y de forma completamente unilateral, es decir sin involucrar a ningún sujeto, ni siquiera al colegio cardenalicio. El mejor sistema de pesos y contrapesos sigue siendo la capacidad (que un Papa no puede no tener) para escuchar y para reflexionar atentamente antes de decidir, con mayor razón si las decisiones papales van acompañadas por los consejos adecuados y desinteresados.


¿Se está adecuando verdaderamente el Vaticano a las normas anti-reciclaje?

La decisión del Papa de favorecer la introducción de las normas anti-reciclaje en el Vaticano siguiendo la huella de las normativas internacionales para favorecer la inclusión del Ior en la “white list” de los países “virtuosos” es un claro indicio de la voluntad del Pontífice para superar muchas resistencias, presentes incluso en la Iglesia, que anidan en muchas partes para cancelar las zonas grises del pasado. El Instituo para las Obras de Religión (Ior) no es un banco, sino una institución privada, creada en 1942 por el Papa Pío XII que, con sede en la Ciudad del Vaticano, tiene la tarea de ofrecer la custodia y la administración de los bienes muebles e inmuebles transferidos o confiados al Ior mismo por personas físicas o jurídicas y destinados a obras de religión y caraidad. En este sentido, el Instituto puede aceptar depósitos de bienes por parte de entes y personas de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano, según lo que establece su estatuto. Según el canon, el Ior es considerado como una persona jurídica que desarrolla actividades financieras y, por lo tanto, es un ente pontificio.


¿A quién responde el Pontífice?

Como Soberano del Estado de la Ciudad del Vaticano, el Papa no responde a nadie. En cambio, como eje del credo católico, además de Dios, responde, naturalmente, a todos los fieles, es decir al pueblo de Dios. La “máquina”, tanto la del Estado de la Ciudad del Vaticano como la de la Santa Sede, puede frenar las decisiones que no comparte, poniendo un poco de “arena en el motor”. Es un modo completamente fraudulento de traicionar la confianza papal y la obediencia ciega a sus decisiones. Estos comportamientos producen efectos para los transgresores de las voluntades papales, tanto a nivel de derecho canónico como a nivel de derecho interno vaticano. Al mismo tiempo, y es la práctica normal, la estructura institucional, in primis los cardenales, pueden expresar sus pensamientos al Papa, incluso discrepante. Es muy conocido el uso de cartas privadas para el Papa, justamente para indicar el propio punto de vista, con mayor razón si se trata de un problema grave que, según la mirada de quien escriba, depende directamente del Papa. Desde el punto de vista jurídico, nadie tiene poderes para vigilar cómo actúa el Papa. Desde el punto de vista religioso, todos los cardenales, además de todos los fieles, pueden ejercer una especie de “disuasión moral” con respecto a sus acciones. Pero nada más.

Vatican insider

No comments: